Saltear al contenido principal
679 488 026 info@sanchezguardiola.es

¿Viajas en coche con remolque? Esta información te interesa

Los viajes turismo aventura están muy de moda. Todos conocemos a alguien al que le encantan o bien, tenemos a una persona en nuestras redes sociales que ha subido fotos relacionadas con esta afición. Quienes lo practican, conocen los problemas que existen en materia de espacio a la hora de transportar objetos de gran dimensión como bicicletas o motos.

La solución más viable es la de utilizar un remolque o semirremolque, pero enganchar nuestro vehículo no es algo que deba tomarse como fácil. Un aspecto a tener muy en cuenta es la manera de conducir, puesto que puede variar por el peso que estamos transportando. Otro aspecto vital es el del aseguramiento, ¿y si hacemos daño a terceros? ¿Contratar una póliza es obligatorio?

Este tipo de vehículos no son motorizados y van acoplados a una cabeza tractora. Existen diferentes tipos, por lo que elegir uno u otro dependerá del peso que queramos transportar. El Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, distingue a los remolques en función de su masa autorizada máxima. Todos los que no superen los 750 kilos no tienen la obligación de contar con un seguro que los cubra. Sin embargo, los propietarios que circulen con ellos, sí que corren el riesgo de causar daños a terceros y conviene saber qué ocurre en estos casos.

Si la masa autorizada de los remolques, supera los 750 kilogramos, se debe contar con un seguro propio para que en caso de siniestro, sea la póliza la que se haga cargo. Aquellos que no estén en este grupo, casi en la totalidad de los supuestos, están cubiertos por la póliza de Coche que tenga en vigor el vehículo que lo arrastra. Generalmente, el ámbito de cobertura de la responsabilidad civil voluntaria del seguro de Coche se extiende a remolques y caravanas, siempre y cuando la matrícula coincida y en el momento del siniestro esté enganchado al coche.

Cada aseguradora especifica en su ámbito de siniestros cuáles deja fuera de ámbito de cobertura. La rotura de lunas del remolque, su robo o los daños de sus elementos son algunas de las exclusiones. Otras situaciones son los daños que el remolque cause al vehículo al que esté enganchado.

Por tanto, los remolques de menos de 750 kg no tienen obligación de contar con un seguro en vigor, pero lo recomendable es avisar a la aseguradora de esa situación, aunque el precio de la prima no se modifique. Por tanto, asegúrate bien antes de desplazarte, puesto que ya sabes, toda información en materia de seguros es poca.

Volver arriba