Saltear al contenido principal
679 488 026 info@sanchezguardiola.es

¿Qué ocurre si le dejo el coche a un amigo y tiene un accidente?

Seguramente te ha ocurrido alguna vez. Por pereza, indisposición o bien, por deseo de tu amigo, alguna vez has cedido a que conduzca tu vehículo y has pasado al asiento del copiloto. Sin saberlo, esta decisión puede acarrear problemas, la más peligrosa de todas, sufrir un accidente. Actualmente, la ley no prohíbe que dejes el coche a un amigo o familiar, pero es importante conocer si dispone de permiso de conducir. Debes saber que si algo ocurre, la única persona responsable es el propietario o propietaria del coche.

Leer la letra pequeña de la póliza

Por este motivo, lo más importante es prestar atención a la letra pequeña incluida en la póliza. De esta forma, conocerás qué personas están cubiertas en caso de accidente. En caso de que sea otra persona la que haya chocado con el vehículo, es su compañía de seguros la que debe encargarse de la indemnización por concepto de valor venal en caso de que sea declarado siniestro. El conductor a quien se le ha dejado el coche, tal vez no cuente con la defensa jurídica necesaria al no ser la persona asegurada ni tampoco le ofrezcan rehabilitación.

Otro supuesto es que el conductor a quien le hemos dejado el coche, provoque un accidente. Tu compañía de seguros será la que indemnice al otro coche, a sus ocupantes y a quienes estén en tu vehículo. En teoría no hay problemas al ser el coche el asegurado y no el conductor, pero siempre existen cláusulas de la póliza que pueden incluir variaciones.

Menores de 25 años o personas que no tengan permiso de conducir

En caso de que sea un menor de 25 años o no disponga de carnet de conducir, es más complicado, ya que la póliza excluye de la cobertura a los menores de 25 años o personas que no dispongan de carné. Hasta el año 2014, en caso de accidente con un conductor novel responsable, una vez la compañía indemnizase a las víctimas, le reclamaría el importe al tomador del seguro. Tras una sentencia del Tribunal Supremo, se impide a la compañía reclamar la repetición de la cuantía al asegurado.

En el supuesto de que la persona no disponga de carné, el Tribunal Supremo no anuló la repetición en contra del tomador del seguro en este caso. Así se recoge en la Ley sobre Responsabilidad Civil y seguro en la Circulación de Vehículos de Motor. Asimismo, es importante saber que conducir de esta forma es un delito establecido en el artículo 384 del Código Penal.

Lo más importante es que no ocurra ningún tipo de siniestros y que sobre todo, no se cobre víctimas mortales. Al margen de todo ello, debemos cumplir con la ley y conocer que dejar el coche a un conocido puede traernos algunas consecuencias.

Volver arriba