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¿Qué hacer cuando suplantan mi identidad en redes sociales o internet?

suplantación de identidad en redes sociales

Facebook, Twitter o Instagram. Todas ellas son redes sociales que desde hace algunos años han revolucionado el mundo de la comunicación entre las personas. A través de ellas se pueden subir fotos y hacer comentarios sobre ella referidos a la persona que se ve en la imagen. Estas nuevas herramientas tienen múltiples beneficios sobre todo en el mundo del periodismo, pero también pueden convertirse en una pesadilla para muchos si se hace un uso diferente de ellas. Hablamos de la suplantación de identidad.

En caso de encontrar información relativa a nosotros en alguna red social o en internet en general debemos tomar medidas urgentes. En la normativa de protección de datos se hace referencia al término de “tratamiento de datos personales sin consentimiento de su titular”. Los objetivos que se persiguen pueden ser varios: fraude, extorsión, acoso…

Para definir si constituye delito o no se distinguen tres grandes bloques. Si alguien registra un perfil falso con el nombre o fotografía de una tercera persona sin utilizar su información personal, no se considera delito. Si se insertan datos personales del suplantado como el teléfono o la dirección de correo electrónico el tema cambia totalmente, ya que existe una vulneración al derecho a la imagen, protegido por el artículo 18 de la Constitución Española y la ley prevé pena de cárcel de hasta 3 años.

El número de denuncias relacionadas con el robo de identidad en las redes sociales y páginas de contacto no ha experimentado una gran subida. ¿Qué hacer cuando descubrimos que nos han suplantado la identidad introduciendo datos personales? En primer lugar, dirigirse a la web donde aparecen y exigir su cancelación, ya que tienen un apartado dedicado a ello. En caso de existir fraude o amenazas, hay que denunciar ante las fuerzas de seguridad, la Policía Nacional y el grupo de Delitos Informáticos de la Guardia Civil. Hacer capturas y guardar mensajes es más que recomendable antes de proceder a la denuncia.

En caso de que la web no conteste, es importante dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La Agencia es competente para investigar e imponer sanción al culpable. El importe de la multa oscila entre los 900 y los 600.000 euros. Como en cualquier ámbito de consumo, existe la posibilidad de obtener una indemnización si se emprende la vía judicial, pero se deben dar una serie de circunstancias. Es decir, que se haya producido un delito cuantificable y que se pueda acreditar documentalmente, mediante informe pericial por ejemplo.

Gracias a esta información, podremos descubrir cuándo constituye delito la suplantación de identidad y en qué momento se debe actuar utilizando la ley. El mundo de Internet obtiene poco a poco legalidad y aún se debería obtener una mayor. Todo es cuestión de tiempo.

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