¿Cómo puedo evitar mi desahucio?
Desgraciadamente, los desahucios copan cada vez más la atención en las noticias de la prensa y la televisión. Aunque nadie quiere llegar a esa situación, hay veces que no queda más remedio y hay que saber proceder para no actuar de manera errónea y pagar las consecuencias posteriormente. Y es que hay muchas dudas todavía sobre los desahucios. Por eso, en este artículo se dejan algunas claves a la hora de intentar evitar esta tragedia.
Antes de nada, hay que dejar claro que, a la hora de firmar un contrato de arrendamiento, el inquilino asume la obligación de pagar la renta mensualmente, con las cantidades fijadas en ese contrato, de forma que, si se incumple esta obligación, el arrendador tendrá derecho a reclamar. Si esto se mantiene durante un tiempo estimado, empezará el proceso de desahucio por falta de pago.
Recurrir al enervamiento como única solución ante el desahucio
En situaciones desesperadas, la opción más conveniente es siempre intentar hacer una negociación amistosa hasta que se pueda conseguir el dinero para pagar la renta. Sin embargo, en algunas ocasiones no es posible llegar a un acuerdo, por lo que recurrir a la vía legal va a ser el único medio, a través de la solicitud de enervamiento.
A la hora de proceder, se deben cumplir algunos requisitos marcados por ley. Si al haber un parón en el pago de alguna renta de la vivienda, consigues reunir el dinero (por completo, tanto la renta como los servicios extra) y el arrendador no te ha enviado una solicitud fehaciente de pago y ha iniciado una demanda, se podrá realizar la solicitud de enervamiento. El pago tiene que realizarse como máximo 10 días después de que se haya producido la demanda. Otro supuesto en el que se podría proceder a la solicitud de enervamiento sería cuando el arrendador no ha requerido al inquilino el pago en los cuatro meses previos a la demanda.